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Cláusula 89. Dotación de sillas para las trabajadoras docentes y los trabajadores docentes en las instituciones educativas.


CLÁUSULA 89. DOTACIÓN DE SILLAS PARA LAS TRABAJADORAS DOCENTES Y LOS TRABAJADORES DOCENTES EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

El Ministerio del Poder Popular para la Educación, conviene a partir de la homologación de la presente convención colectiva de trabajo,
dotar de quinientas mil (500.000) sillas ergonómicas a las trabajadoras y los trabajadores docentes en las Instituciones Educativas, para garantizar la salud ocupacional y contribuir con la calidad de vida de nuestras maestras y maestros, durante la vigencia de esta convención colectica única y unitaria.

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