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CLÁUSULA 84. DISFRUTE DE VACACIONES ANUALES DE LAS Y LOS DIRIGENTES SINDICALES, ASÍ COMO DE LAS Y LOS DIRECTIVOS Y DELEGADOS DE CACRETE


CLÁUSULA 84. DISFRUTE DE VACACIONES ANUALES DE LAS Y LOS DIRIGENTES SINDICALES, ASÍ COMO DE LAS Y LOS DIRECTIVOS Y DELEGADOS DE CACRETE

Las trabajadoras y los trabajadores docentes, administrativos y obreros electos a cargos dentro de las directivas nacionales y seccionales de las Organizaciones Sindicales signatarias de la presente Convención Colectiva,
así como las y los Directivos y Delegados de CACRETE, acumularan sus períodos vacacionales por el tiempo que dure el ejercicio del cargo para el cual fueron electas o electos. Una vez que las trabajadoras o los trabajadores cesen en las funciones para las cuales fueron electas y electos, comenzará de inmediato el disfrute de todas las vacaciones vencidas que se hayan acumulado en el ejercicio de su actividad sindical o en CACRETE.

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