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CLÁUSULA 74. BONIFICACION AL INGRESO FAMILIAR


CLÁUSULA 74. BONIFICACION AL INGRESO FAMILIAR

El Ministerio del Poder Popular para la Educación conviene pagar, a partir de la homologación de la presente convención colectiva, una bonificación para sufragar los gastos de útiles y uniformes escolares, con incidencia salarial dirigida a las trabajadoras y trabajadores administrativos activos equivalente a setenta y cinco (75) días de salario integral. Esta bonificación será cancelada en el mes de julio de cada año.

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