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CLÁUSULA 64. PRIMA POR ACTIVIDADES EN FUNCIONES DIRECTIVAS Y SUPERVISORIAS


CLÁUSULA 64. PRIMA POR ACTIVIDADES EN FUNCIONES DIRECTIVAS Y SUPERVISORIAS


El Ministerio del Poder Popular para la Educación, conviene pagar una prima mensual a las trabajadoras y los trabajadores docentes, por dedicación en funciones directivas o supervisorias en las instituciones educativas, según la siguiente tabla:


Función Directivo Compensación en %

Coordinador (a) o Jefe (a) de Laboratorio 50% del Salario Base
Subdirector o Subdirectora 60% del Salario Base
Director o Directora 70% del Salario Base
Supervisor o Supervisora Circuital 80% del Salario Base
Supervisor o Supervisora Intercircuital 90% del Salario Base

PARÁGRAFO UNICO: esta prima se genera siempre y cuando el docente se encuentre desarrollando las actividades a que se refiere la misma, es decir, directivas y supervisorias, por lo que una vez cesadas las funciones, deja de percibir dicha prima.

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