El Ministerio del Poder
Popular para la Educación conviene pagar una prima mensual a las trabajadoras y
los trabajadores docentes, equivalente al diez por ciento (10%) del salario
base según la categoría, por aspectos propios relacionados con la función que
ejercen.
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CLÁUSULA 63. PRIMA ASPECTO PROPIO DEL EJERCICIO DOCENTE (APED)
CLÁUSULA 63. PRIMA ASPECTO PROPIO DEL EJERCICIO DOCENTE (APED)
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