-->

CLÁUSULA 52. CONTRIBUCIÓN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÓN EN LA SEMANA MAYOR


CLÁUSULA 52. CONTRIBUCIÓN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÓN EN LA SEMANA MAYOR


Se conviene en pagar una contribución de carácter social, dirigida a las trabajadoras y los trabajadores activos, jubilados y pensionados del MPPE para promover el turismo social y demás actividades culturales propias de la semana mayor. El monto de esta contribución será de Novecientos Veinte Mil bolívares (Bs. 920.000,00). Dicha contribución será pagada en la quincena inmediatamente anterior a la semana mayor. Esta contribución no tiene carácter salarial. Cuando la trabajadora o trabajador mantenga una relación laboral menor de 18 horas semanales, se efectuará el pago de esta contribución a razón del cincuenta por ciento (50%) del monto anteriormente acordado.

PARÁGRAFO ÚNICO: Esta contribución será incrementada en un tercio (1/3) del porcentaje del aumento del salario mínimo nacional vigente, cada vez que el mismo sea incrementado por el ejecutivo nacional.

Click to comment