CLÁUSULA 52. CONTRIBUCIÓN SOCIAL ANUAL PARA LA RECREACIÓN EN LA SEMANA
MAYOR
Se conviene en pagar una contribución de carácter social, dirigida a las
trabajadoras y los trabajadores activos, jubilados y pensionados del MPPE para
promover el turismo social y demás actividades culturales propias de la semana
mayor. El monto de esta contribución será de Novecientos Veinte Mil bolívares
(Bs. 920.000,00). Dicha contribución será pagada en la quincena inmediatamente
anterior a la semana mayor. Esta contribución no tiene carácter salarial.
Cuando la trabajadora o trabajador mantenga una relación laboral menor de 18
horas semanales, se efectuará el pago de esta contribución a razón del
cincuenta por ciento (50%) del monto anteriormente acordado.
PARÁGRAFO ÚNICO: Esta
contribución será incrementada en un tercio (1/3) del porcentaje del aumento del salario mínimo nacional vigente,
cada vez que el mismo sea incrementado por el ejecutivo nacional.