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CLÁUSULA 24. CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROCESOS DE INGRESO DE PERSONAL


CLÁUSULA 24. CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROCESOS DE INGRESO DE PERSONAL

El Ministerio del Poder Popular para la Educación conviene a partir de la firma de la presente Convención Colectiva Única y Unitaria, en garantizar las condiciones para el ejercicio de la contraloría social por parte de las Organizaciones Sindicales signatarias sobre los procesos de ingreso a cargos para personal docente, administrativo y obrero, conforme al principio de transparencia, tomando en consideración la prioridad que deben tener las y los ciudadanos que se encuentran en condición de suplencias, interinatos y contratos laborales, según las necesidades de servicio, el perfil para ejercer el cargo, las competencias y la disponibilidad presupuestaria, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

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