El
Ministerio del Poder Popular para la Educación conviene a partir de la firma de
la presente Convención Colectiva Única y Unitaria, en garantizar las
condiciones para el ejercicio de la contraloría social por parte de las
Organizaciones Sindicales signatarias sobre los procesos de ingreso a cargos
para personal docente, administrativo y obrero, conforme al principio de
transparencia, tomando en consideración la prioridad que deben tener las y los
ciudadanos que se encuentran en condición de suplencias, interinatos y
contratos laborales, según las necesidades de servicio, el perfil para ejercer
el cargo, las competencias y la disponibilidad presupuestaria, de conformidad
con el ordenamiento jurídico vigente.
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CLÁUSULA 24. CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROCESOS DE INGRESO DE PERSONAL
CLÁUSULA 24. CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROCESOS DE INGRESO DE PERSONAL
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