CLÁUSULA 19. CONDICIONES, DOTACIÓN Y AMBIENTE APROPIADO PARA LA
PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO
El
Ministerio del Poder Popular para la Educación suscribe la necesidad de garantizar
condiciones dignas para la participación en el proceso social de trabajo de
todas y todos los trabajadores docentes, administrativos y obreros y, por
consiguiente, conviene en establecer una política progresiva de dotación de los
ambientes de trabajo que garanticen el desempeño óptimo de las funciones
requeridas a sus trabajadoras y trabajadores y el cumplimiento de las
normativas de seguridad estipuladas en la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. De igual manera, el
Ministerio del Poder Popular para la Educación se compromete, por una parte, a
efectuar una revisión de sus instalaciones e infraestructura a los fines de
adaptarlas gradualmente y así garantizar el cumplimiento fiel de la normativa
jurídica vigente, y al mismo tiempo, a no desarrollar nuevas infraestructuras
que incumplan dichas normativas.
PARÁGRAFO ÚNICO: Las partes se comprometen a presentar un plan que promueva la
sensibilización de todas y todos los
miembros de las comunidades educativas, con énfasis especial en las
trabajadoras y trabajadores, para favorecer condiciones de trabajo dignas, uso
razonable de la dotación y los recursos administrados, uso racional y eficiente
de la energía, cuidado y mantenimiento de las instalaciones, contraloría social
sobre el uso de los recursos y formación de conciencia de conservación y
mantenimiento, en el lapso de los noventa (90) días posteriores a la
homologación de esta Convención Colectiva.